Modelo de ejecución de sentencia laboral

El escrito de ejecución de sentencia laboral

Índice Artículo

En el ámbito laboral se podrá solicitar la ejecución el acuerdo alcanzado en conciliación laboral, así como tan pronto la sentencia o resolución judicial ejecutable haya ganado firmeza.

Por lo tanto, el proceso de ejecución solamente puede iniciarse mediante los siguientes títulos:

  1. Sentencias de condenas firmes.
  2. Acuerdo de conciliación procesal realizado ante el letrado de la Administración de Justicia, normalmente antes de la vista del juicio.
  3. Conciliación o mediación extrajudicial.

Contenido del escrito

El escrito, que podrá realizarlo el abogado o el trabajador, además de los datos identificativos de las partes, expresará:

  1. Con carácter general, la clase de tutela ejecutiva que se pretende en relación con el título ejecutivo aducido.
  2. Tratándose de ejecuciones dinerarias, la cantidad líquida reclamada como principal, así como la que se estime para intereses de demora y costas conforme al artículo 251.
  3. Los bienes del ejecutado susceptibles de embargo de los que tuviere conocimiento y, en su caso, si los considera suficientes para el fin de la ejecución.
  4. Las medidas que proponga para llevar a debido efecto la ejecución.

Órgano competente

Es competente el órgano jurisdiccional que conoció del asunto en primera instancia o ante el que se homologó o aprobó la transacción o acuerdo. En caso de conciliación laboral, será competente aquél juzgado que sería competente en caso de que se hubiera presentado demanda.

Costas e intereses

En cuanto a los intereses procesales empiezan a contar desde la sentencia que condene al pago de una cantidad líquida y determinada. La cuantía de estos intereses se determina aplicando sobre la cantidad principal un porcentaje consistente en el interés legal del dinero , fijado anualmente por la ley de Presupuestos, incrementado en dos puntos

Además, si transcurridos 3 meses del despacho de la ejecución no se hubiere dado cumplimiento a la misma, el órgano judicial puede incrementar el interés legal a abonar en 2 puntos, cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias, en virtud del LRJS art.251.2,

  • aprecie falta de diligencia en su cumplimiento; o
  • no se hubiere cumplido con la obligación de fijar bienes; o
  • se hubieren ocultado elementos patrimoniales trascendentes.

En cuanto a las costas que su cuantía se determina en la fase de tasación deberán incluir los siguientes conceptos:

  • Honorarios de los abogados y otros profesionales, tales como procuradores o peritos si es que hubiesen participado en el procedimiento.
  • Abono de tasas por el ejercicio de la potestad jurisdiccional.

Modelo

AL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO X DE XXXXXX

Dª. /D. ……………………………………………. mayor de edad, con domicilio a efectos de notificaciones en ……………………….., C/……………………, CP ………, (Telf.: …………….) con DNI …………………, y asistido del Letrado del Ilustre Colegio de Abogados (o Graduado Social) de …………….., que suscribe ante el Juzgado de lo Social de …………………… comparece y, como mejor proceda en derecho DIGO:

Que por medio del presente escrito formulo demanda ejecutiva mediante la que solicito que se despache la EJECUCIÓN de la sentencia nº …… de fecha ……………… dictada en el proceso frente a D./Dª. ………………………… (demandado condenado en la sentencia), domiciliado en Calle ………………………… n.º …… de ……………………….., por la que se condena a la empresa demandada al abono de la cantidad de ……………….. euros y cuyas demás circunstancias personales constan en los indicados autos, con objeto de que, previa la tramitación oportuna, se dicte por el Juzgado auto conteniendo orden general de ejecución y de despacho de ella y por el Secretario, decreto para su efectividad en los términos interesados en el suplico de esta demanda ejecutiva que baso en los siguientes:

HECHOS

PRIMERO. La sentencia/acuerdo de conciliación laboral es firme.

SEGUNDO. La empresa demandada no ha satisfecho la cantidad en el plazo previsto a cuyo pago estaba obligada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO. Las sentencias firmes y demás títulos judiciales o extrajudiciales, se llevarán a efecto en la forma prevenida en la Ley de Enjuiciamiento Civil para la ejecución de las sentencias, conforme a lo establecido en al artículo 237.1 de la Ley de Jurisdicción Social.

SEGUNDO. La ejecución se llevará a cabo por el órgano judicial que hubiere conocido del asunto en instancia, tal y como establece el artículo 237.2 de la Ley de Jurisdicción Social. Cuando en la constitución del título no hubiere mediado intervención judicial, será competente el juzgado en cuya circunscripción se hubiere constituido.

TERCERO. La ejecución de las sentencias firmes se iniciará a instancia de parte, salvo las que recaigan en los procedimientos de oficio, cuya ejecución se iniciará de este modo, conforme a lo establecido en el artículo 239.1 de la Ley de Jurisdicción Social.

CUARTO. Iniciada la ejecución, la misma se tramitará de oficio, dictándose al efecto de las resoluciones necesarias.

En su virtud,

AL JUZGADO SUPLICO que teniendo por presentado este escrito y por hechas las manifestaciones que en él se contienen, las admita y en sus méritos tenga por promovida en nombre de D./Dª. ………………………, DEMANDADE EJECUCIÓN DE SENTENCIA, y contra la allí condenada al pago, la ejecutada ……………………. sirviéndose dictar Auto despachando ejecución contra bienes de la demandada y en cantidad suficiente para cubrir la suma de …………………………. euros con el añadido de los intereses correspondientes, más ………………. presupuestados provisionalmente en concepto de intereses y costas; y sin necesidad de requerimiento de pago previo a la ejecutada tal y como establece el artículo 580 de la L.E.C, se proceda al embargo sobre bienes de la ejecutada en cantidad bastante para cubrir las cantidades reclamadas y para que, tras los trámites legales oportunos, se proceda a su realización para con su producto dar entero y cumplido pago a mi poderdante de cuanto acredita, las cuales serán a cargo de la ejecutada.

PRIMER OTROSÍ DIGO.- Que a los efectos del embargo solicitado se señalan los siguientes bienes: …

SEGUNDO OTROSÍ DIGO.- Se sirva librar Oficio a la oficina de averiguación patrimonial que corresponda, para que remita la información patrimonial referente a la demandada, interesando que se haga referencia, entre otros, a los inmuebles, Cuentas y demás depósitos en Bancos y Cajas de Ahorro, Vehículos, etc.

TERCER OTROSÍ DIGO.- Que, al derecho de esta parte interesa que se proceda directamente al embargo de bienes de la entidad demandada hasta que directamente cubra la totalidad de las cantidades pendientes de satisfacción, librándose para ello los siguientes oficios: a la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD y a la AGENCIA TRIBUTARIA para que retenga las cantidades pendientes de devolución que ostente la demandada……………………….., a favor de D. / Dª. …………………………

AL JUZGADO SUPLICO, que tenga por realizadas las anteriores manifestaciones, acordando de conformidad, pues es justicia que pido.

En ……………………., a …..de……………. de 201X

Fdo.: Fdo.: