Todo sobre el despido
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Todos tenemos derecho a un trabajo digno y el despido, en muchas ocasiones, supone una colisión con este Derecho constitucional.
Definición de el despido
Se trata de la decisión del empleador de poner fin a la relación laboral que lo unía al empleado, a veces incumpliendo el contrato de trabajo.
Según el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores (ET) es un modo de extinción del contrato de trabajo.
Esta definición es independiente de si el despido es procedente, improcedente o nulo. Esto es un despido.
El Despido en España
Tipos de despido
A simples efectos clasificatorios, podemos decir que el despido puede ser:
- Individual: Es el que afecta a un trabajador en relación a su relación individual y que puede estar basado en causas disciplinarias o declararse no justificado.
- Colectivo: Es el que se realiza sobre un grupo de trabajadores con características determinadas y por los motivos señalados por la Ley.
- Disciplinario o procedente: Obedece a la facultad del empresario de resolver la relación contractual por las causas justificadas establecidas en el Estatuto de los Trabajadores, el Convenio de aplicación o el contrato de trabajo. Está en consonancia a la máxima gravedad de la actuación e incumplimiento del trabajador.
- Improcedente: Es el que no tiene causa justificada sin que concurra discriminación o violación de derechos fundamentales.
- Nulo: Concurren las discriminaciones o vulneraciones de derechos fundamentales a las que nos referimos en el punto anterior.
Carta de despido
Cuando se produce el despido, normalmente el empresario entrega una carta en la que deben señalarse los motivos de despido.
Es fundamental para el empresario establecer todas las causas de despido que quiera alegar, porque en caso de reclamación judicial, solo podrá esgrimir aquellos hechos y causas alegados en la carta.
En Internet existen multitud de modelos de cartas para despido disciplinario como por ejemplo por hurto, pero es imprescindible la asistencia de un buen profesional que revise que la carta cumple con todos los requisitos establecidos en la Ley.
El despido pactado. ¿Es legal?
NO
No se puede despedir a un trabajador mediante un acuerdo con el. La propia esencia del despido es que sea una decisión unilateral (del empresario), extintiva (porque pone fin a la relación laboral) y receptiva (el trabajador lo tiene que conocer). El pacto, incluso podría venir propuesto o revisado por un asesor legal, pero en este caso es importante que tanto la empresa como el trabajador conozcan que se están arriesgando a diferentes consecuencias (el asesor legal también).
En el caso de la empresa, las cantidades pagadas en concepto de indemnización estarían sujetas a retención a cuenta, sin que sea de aplicación la exención del artículo 7.e) de la ley del IRPF.
También podría estar cometiendo una infracción muy grave conforme al artículo 23 de la ley sobre infracciones y sanciones en el orden social (LISOS), que según su artículo 40 puede alcanzar una multa de importe de 187.515 €.
Y, tanto el propio empresario como los gestores, asesores o abogados que lo hayan asistido, podrían ser investigados por un supuesto delito de fraude de prestaciones a la Seguridad Social del artículo 307 ter del código penal.
El trabajador no sale mejor parado, Y es posible que conforme al artículo 26 de la LISOS y del artículo 307 ter del Código penal tuviera que devolver las cantidades que haya recibido, extinguiéndose su prestación, pudiendo imponérsele la sanción de que se le elimine el derecho a percibir cualquier prestación económica de fomento al empleo, y en el peor de los casos, que se le imponga pena de prisión, sanciones económicas de hasta seis veces el importe de lo defraudado y pérdida del derecho de obtención de subvenciones públicas.
Me han echado del trabajo por causas objetivas ¿Qué hago?
Cómo actuar ante un despido dependerá de si es objetivo o por otras causas. En el caso del despido objetivo se tiene que conceder un preaviso de 15 días, durante el cual el trabajador tiene derecho hasta a seis horas semanales para buscar trabajo y tratar de obtener su contratación inmediata. En todo caso, deben entregarte la carta de despido y el finiquito.
Lo primero es comprobar los motivos alegados en la carta, que se cumplan los requisitos indemnizatorios y resto de pagos del finiquito. Si estuvieras de acuerdo con la realidad de los motivos alegados y con la indemnización ofrecida se daría por finalizado el trámite.
En otro caso, habría que proceder a reclamar por vía judicial. Dejemos claro, que la mera reclamación judicial no va a provocar que el despido sea improcedente.
Consejos si te despiden disciplinariamente
A menos que estés intentando que te despidan improcedentemente (no sería aconsejable por suponer un quebrantamiento de la buena fe contractual y un fraude), debes mirar la carta de despido para comprobar qué ha alegado exactamente el empresario. En muchos casos, no tienen razón en lo expuesto y se trata de un despido disciplinario o nulo encubierto sin causa, en otros casos, aunque pueda haber causas de despido disciplinario, podría ser que se hubiera prescrito la acción. Es decir, que se haya pasado el plazo que tenía la empresa para poder despedirte.
El plazo para reclamar es fundamental. Sólo dispones de 20 días, por lo que te recomendamos que te pongas inmediatamente en manos de los mejores abogados para defenderte.
¿Qué pasa si el Juez declara el despido nulo?
Se ve con más profundidad en la sección de despido nulo, pero básicamente cuando el Juez declara que se ha discriminado o se han vulnerado derechos fundamentales, el empresario tiene que readmitir al trabajador y pagarle los salarios de tramitación.
El procedimiento de despido
El procedimiento debe iniciarse con la presentación de una papeleta de conciliación previa ante el SMAC o CMAC dependiente de la Comunidad Autónoma correspondiente. No es necesario demandar al FOGASA salvo que se trate de procedimiento concursal, en el que el Juez de oficio o a instancia de parte le dará audiencia.
Es difícil saber cuánto tarda el juicio después del acto de conciliación, pero cuándo llegue el día del juicio por despido laboral, previamente se celebra otra conciliación ante el Secretario Judicial (Letrado de la Administración de Justicia) y si no se llega a un acuerdo se celebra el juicio.
Indemnización por despido.
Para calcular el despido hay que saber la antigüedad en la empresa, porque dependiendo de la fecha de antigüedad y del momento del despido, se podrá saber cuántos días corresponden por año trabajado y la indemnización por despido. Además, es imprescindible contar con la causa y tipo de despido, porque no es lo mismo para el cálculo y número de días un despido improcedente que uno objetivo.
No hablamos de retribuciones diferidas u otros conceptos más propios de la clase política, sino de que es bueno contar con un abogado experto para que te ayude a calcular tu finiquito y tu indemnización.
Desde luego, muchas veces no se tiene en cuenta la repercusión de la indemnización a efectos de despido en el IRPF y es necesario, sobre todo en la situación de vulnerabilidad que deja al trabajador o a la trabajadora, que se tengan en cuenta todas las variables de la mano de especialistas en la materia.
Algunas veces, hay empresas que intentan despedir a un empleado sin indemnizar y salvo que sea el caso de que el despido sea procedente, es importante actuar rápido y contar con los servicios de un abogado laboralista.
Si te han despedido, si tienes problemas en el trabajo de cualquier tipo, no dudes en realizar una consulta a nuestros abogados gratis. En nuestro despacho de abogados, estamos especializados en ayudarte, te podremos orientar y decirte como actuar y te informaremos de manera clara y sin letra pequeña de cómo contratar y cuánto cobramos por juicio.
Derechos de los trabajadores
En España, encontramos la regulación de los derechos de los trabajadores asalariados en empresas, en primer lugar, en la Constitución española, que es la que garantiza el derecho al trabajo, a la libertad sindical, así como a otros derechos. Los derechos a los que nos referimos están desarrollados en el Estatuto de los trabajadores y en el resto de normas del ordenamiento jurídico, publicadas en el BOE.
Además, tienes que fijarte bien en tu contrato laboral, en el que pueden encontrarse otros derechos de los trabajadores que pueden ser alegados ante un despido para conseguir sentencias favorables hasta del propio Tribunal Supremo en la sala de lo social (o laboral como lo llaman algunos).
En esta página o blog laboral, queremos tratar, desde la perspectiva del Estatuto de los Trabajadores, los convenios colectivos y los contratos de trabajo y cualquier otra norma aplicable, las consecuencias ante un despido improcedente, disciplinario, objetivo o de cualquier tipo, para que estés informado de los requisitos de la comunicación del despido y de la propia carta de despido, así como del procedimiento y consecuencias y puedas valorar si estás despedido y con razón o si la empresa tiene todas las de perder.
Vídeo sobre el despido
Vídeo sobre el despido, del canal: Campmany Abogados