La ejecución de sentencia
Uno de los derechos de todo ciudadano es exigir un derecho reconocido en una sentencia judicial. A través de la ejecución de sentencia se obliga al demandado al cumplimiento de la sentencia judicial, es decir, que no quede en saco roto lo indicado por un juez.
El derecho a la tutela judicial efectiva exige que las resoluciones judiciales se cumplan y ejecuten en sus propios término respetando los derechos reconocidos por el juez.
Modelo de demanda de ejecución
N.I.G. XXXXXXXXXXXXXXXX
J.Verbal XXXXXXXXX
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO xxxxxxxxxxx
Doña XXXXXXXXXXXXXXX Procuradora de los Tribunales en representación de Don xxxxxxxxxxxxxxxxx como tengo acreditado en los autos del xxxxxxxxxxx; bajo la dirección de la Letrada xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, ante el Juzgado comparezco y como mejor proceda en Derecho DIGO
Que a medio del presente formulo DEMANDA EJECUTIVA contra Don xxxxxxxxxxx titular del NIF nº: xxxxxxxxxxx y contra Doña xxxxxxxxxxx titular del NIF nº: xxxxxxxxxxx a citar ambos en la xxxxxxxxxxx, en reclamación de xxxxxxxxxxx presupuestados provisionalmente para los intereses que puedan generarse durante la ejecución y las costas de ésta. Según los Fundamentos de Derecho que se dirán y los siguientes
HECHOS
PRIMERO.- Con fecha xxxxxxxxxxx se dictó Decreto en el xxxxxxxxxxx de xxxxxxxxxxx por el que se acordaba dar por terminado el Juicio de desahucio y dar traslado a la parte actora para formular demanda de ejecución. Frente al Decreto dictado cabía recurso de revisión sin efectos suspensivos. No consta que contra el mismo se haya interpuesto recurso alguno
SEGUNDO.- Dado que no se ha abonado cantidad alguna por los demandados, la cantidad de xxxxxxxxxxx por la que se pide despache ejecución se desglosa de la siguiente forma:
xxxxxxxxxxx
Se reclama además el 30% de la cantidad anterior xxxxxxxxxxx presupuestados provisionalmente para los intereses que puedan generarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
I.- COMPETENCIA.- Según el art. 545-1 de la LEC, será competente para la ejecución de resoluciones judiciales, el tribunal que conoció del asunto en primera instancia.
Por eso se presenta esta demanda ante el Juzgado al que nos dirigimos, ya que fue quien dictó el Decreto como título ejecutivo que legitima la interposición de esta demanda ejecutiva.
II.- LEGITIMACIÓN.- El art. 538 de la LEC regula que es parte en el proceso de ejecución la persona que pide y obtiene el despacho de la ejecución y la persona frente a la que ésta se despacha, añadiendo que sólo podrá despacharse ejecución a instancia de quien aparezca como acreedor en el título ejecutivo, entre otros, frente a quien aparezca como deudor en el mismo título.
III.- POSTULACIÓN.- Conforme a lo dispuesto en el art. 539-1 de la LEC, la demanda viene firmada por Letrado y Procurador.
IV.- TÍTULO DE EJECUCIÓN.- El art. 517-9 de la LEC en concordancia con el artículo 816.1 establece como títulos ejecutivos las resoluciones judiciales que lleven aparejada ejecución.
V.- REQUISITOS FORMALES.- La presente demanda contiene todos los requisitos enumerados en el art. 549 de la Ley Procesal Civil, ya que se ha indicado cual es el título en que se funda, la tutela ejecutiva que se pretende y las personas frente a las que se interesa el despacho de la ejecución. Por último la documentación contemplada en el art. 550 del mismo texto legal ya consta en los autos del Juicio xxxxxxxxxxx.
VI.- CANTIDAD POR LA QUE SE PIDE EJECUCIÓN.- Según lo establecido en el artículo 575 de la LEC, la ejecución se despachará por la cantidad que se reclame en la demanda ejecutiva en concepto de principal, incrementada por la que se prevea para hacer frente a los intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y a las costas de ésta. La cantidad prevista para estos dos conceptos, que se fijará provisionalmente, no podrá superar el 30 por 100 de la que se reclame en la demanda ejecutiva, sin perjuicio de la posterior liquidación.
VII.- INTERESES.- Conforme a lo establecido en el art. 816.2 de la LEC, desde que fuese despachada ejecución la deuda devengará el interés del artículo 576.
VIII.- COSTAS.- En virtud de lo dispuesto en el art. 539-2 en relación con el 583 de la LEC, las costas de esta ejecución deberán ser impuestas a los ejecutados, ya que han sido quienes han originado la necesidad de este procedimiento al no haber cumplido con la obligación de pago.
Por todo ello
SUPLICO AL JUZGADO que teniendo por presentado este escrito en tiempo y forma lo admita, y en su virtud y en la representación que acredito de Don xxxxxxxxxxx se tenga por presentada demanda ejecutiva para que, previos los de rigor, se despache ejecución frente a Don xxxxxxxxxxx y Doña xxxxxxxxxxx, en reclamación de xxxxxxxxxxx y de otros xxxxxxxxxxx presupuestados provisionalmente para los intereses que puedan generarse durante la ejecución y las costas de ésta sin perjuicio de su posterior liquidación. Procediéndose, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes suficientes para responder de las cantidades reclamadas, con la finalidad de que mi mandante sea satisfecho de la cantidad adeudada. Todo ello con imposición de las costas derivadas de esta ejecución a los demandados.
Lda xxxxxxxxxxx Pdor. Xxxxxxxxxxx
PRIMER OTROSI DIGO: Que, en aplicación de lo preceptuado en el art. 589 LEC, al derecho de mi parte interesa que por el Juzgado se requiera a los ejecutados a efectos de señalamiento de bienes a embargar suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso de cargas y gravámenes y demás circunstancias que recoge el precepto anotado, todo ello bajo los oportunos apercibimientos legales.
SUPLICO AL JUZGADO se acceda a lo solicitado para lograr una más fácil ejecución de la sentencia dictada
Mismo lugar y fecha
SEGUNDO OTROSÍ DIGO: Que, sin perjuicio de lo anterior y en aplicación del art. 590 LEC se oficie a la Oficina de Averiguación Patrimonial para que por la misma se realice averiguación sobre los bienes de los que sean titulares ambos ejecutados y que sean susceptibles de embargo, toda vez que por esta parte se desconocen bienes de los sean titulares los ejecutados.
SUPLICO AL JUZGADO se acceda a lo solicitado para lograr una más fácil ejecución de la sentencia dictada
Mismo lugar y fecha