Las horas complementarias
Los contratos a tiempo parcial, con unos determinados requisitos y siempre que se acuerden por escrito, podrán pactarse la realización de horas complementarias.
En virtud del artículo 12.5 del Estatuto de los Trabajadores se consideran horas complementarias las realizadas como adición a las horas ordinarias pactadas en el contrato a tiempo parcial, conforme a las siguientes reglas:
- Las horas complementarías sólo podrán exigirse cuando se hubieran pactado por escrito con el trabajador ya sea en el momento de celebrar el contrato o en un momento posterior.
- Solo se podrá formalizar un pacto de horas complementarias en el caso de contratos a tiempo parcial con una jornada de trabajo no inferior a diez horas semanales en cómputo anual.
- El pacto de horas complementarias deberá recoger el número de horas complementarias cuya realización podrá ser requerida por el empresario. El número de horas complementarias pactadas no podrá exceder del treinta por ciento de las horas ordinarias de trabajo objeto del contrato. Los convenios colectivos podrán establecer otro porcentaje máximo, que, en ningún caso, podrá ser inferior al citado treinta por ciento ni exceder del sesenta por ciento de las horas ordinarias contratadas.
- El trabajador deberá conocer el día y la hora de realización de las horas complementarias pactadas con un preaviso mínimo de tres días, salvo que el convenio establezca un plazo de preaviso inferior
- El pacto de horas complementarias podrá quedar sin efecto por renuncia del trabajador, mediante un preaviso de quince días, una vez cumplido un año desde su celebración, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:La atención de las responsabilidades familiares enunciadas en el artículo 37.6.Necesidades formativas, siempre que se acredite la incompatibilidad horaria.Incompatibilidad con otro contrato a tiempo parcial.
En definitiva, las horas complementarias deberán establecer por escrito en un modelo como el que indicamos en esta entrada.
Modelo
PACTO HORAS COMPLEMENTARIAS
De una parte Dº/Dª ________________ con DNI Nº_____________, mayor de edad y domicilio a efecto de notificaciones en Calle _________________ (el/la trabajador/a) y de otra parte Dº/Dª ________________ con DNI Nº_____________, mayor de edad, en nombre y representación de ______________ con CIF ___________ y domicilio a efecto de notificaciones en Calle _________________, mediante la presente ACUERDAN:
1.- Que el/la trabajador/a contratado/a se compromete a realizar, a solicitud del/de la empresario/a, hasta un máximo de ___________ horas complementarias anuales que suponen un _____________% respecto a las horas pactadas en el contrato celebrado el día _______________.
2.- Que la distribución y la forma de realización de las horas complementarias pactadas deberá atenerse a lo establecido en el convenio colectivo de aplicación y en el pacto de horas complementarias.
3.- El/la empresario/a preavisará con un mínimo de ____________ días de antelación a su realización el día y la hora en que el/la trabajador/a deberá realizar las horas complementarias, dentro de los máximos establecidos en los apartados anteriores.
4.- Las horas complementarias efectivamente realizadas se retribuirán en atención a lo establecido en el convenio.
5.- El pacto de horas complementarias podrá quedar sin efecto por renuncia del/la trabajador/a mediante un preaviso de quince días, cuando concurran las causas reguladas en el art. 12 apartado 5. G) del Estatuto de los trabajadores.
6.- En caso de que el/la empresario/a incumpliera cualquier da las estipulaciones referidas en el presente anexo, así como las obligaciones establecidas en el art. 12.5 del Estatuto de los trabajadores, la negativa del/la trabajador/a la realización de las mismas, pese a haberse pactado, no constituirá conducta sancionable.
Y para que así conste se firma la presente en _________ a ____________ de __________ del ___________.
LA EMPRESA EL/LA TRABAJADOR/A