Cualquier modelo de denuncia ante la inspección es válido siempre que contengan todos los dantos necesarios. Al final de este artículo existen dos modelos, una en WORD y otra en PDF, para descargar de forma gratuita.
La denuncia ante la inspección de trabajo
Índice Artículo
El artículo 9 del Real Decreto 928/1998 indica que una de la formas de iniciar un procedimiento de inspección por parte de la inspección de trabajo es a través de una denuncia realizada por cualquier persona siempre que contenga los siguientes datos:
- Datos de identificación de la persona que denuncia. No es posible la denuncia anónima, aunque la empresa o empresario nunca sabrá quién ha procedido a realizar la denuncia.
- Hechos realizados por el empresario o empresa que constituyen una infracción en relación con la LISOS –Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.-
- Identificación de los presuntos responsables.
¿Quién puede poner la denuncia?
Cualquier persona puede presentar una denuncia ante la inspección de trabajo. No es necesario se trabajador ni haber sido trabajador de la empresa denunciada. De hecho, es recomendable que cualquier ciudadano que tenga conocimientos que se está cometiendo algún infracción de los derechos laborales, tales como tener dado de alta a un trabajador o se incumple las normas de prevención de riesgos laborales denuncie.
Lugar y forma de presentación de la denuncia
La denuncia debe de ser presentada en la provincia donde se encuentre el centro de trabajo.
Existen tres formas de presentar denuncia:
- Presencial – Personándose en las oficinas de la Inspecciones Provinciales de Trabajo y S.S., así como en cualquier otro registro de la administración del estado o de la Comunidad autónoma. En caso de ser un registro local, es decir del ayuntamiento, también será válido si existe un convenio entre las administraciones.
- Telemática – A través de la Sede electrónica del Ministerio de Empleo y S.S., siempre que el denunciante disponga del DNI electrçonico o de una firma electrónica.
- Vía postal – Dirigidas a la oficina correspondiente de la Inspección Provincial de Trabajo y S.S. En el caso de que la denuncia se presenta por vía postal o en los registros sin personarse el denunciante, se exigirá adjuntar copia del DNI del denunciante y, en su caso, autorización expresa de éste para que la Inspección pueda verificar sus datos de identidad en el registro correspondiente.